Permite reutilizar el importe ya amortizado para financiar determinadas finalidades de consumo familiar, adquisición de mobiliario y enseres domésticos, vehículos, vacaciones, etc.
Finalidad: Principalmente la adquisición de vivienda y, posteriormente, el capital amortizado puede volver a ser usado para otras finalidades.
Importe máximo: Hasta el 80% del valor de tasación. En subrogaciones de otras entidades, el límite será el 100% del importe subrogado con el máximo del 80% del valor de tasación.
Plazo máximo: 40 años (*). Las disposiciones sucesivas, tendrán un vencimiento máximo de 10 años, con el límite de la fecha de vencimiento final de la hipoteca.
Tipo de interés:
- Para el principal destinado a la financiación de vivienda: Variable, con revisión anual Euribor + 0,75 % (**)
- Para las disposiciones de capitales amortizados con destino a otras finalidades: Variable, revisión anual Euribor + 1,25% (**)
Comisiones:
- Apertura: 1,00% (mínimo 300 euros)
- Amortización anticipada parcial: 0,50%
- Amortización anticipada total: 1,00%
- Modificación de Condiciones: 1,00% (mínimo 150 euros)
Forma de pago: Mensual. Cuota fija de capital e intereses, pagadera al final de cada mes, por la totalidad de la deuda viva.
Adicionalmente, se pueden solicitar periodos de ESPERA, consistentes en periodos de carencia de amortización de capital y suspensión temporal de las liquidaciones mensuales de los intereses devengados en el período que se acuerde como de ESPERA, todo ello con determinadas limitaciones.
Importe mínimo para la sucesivas disposiciones: 1.000 euros.
(*) La edad del más joven de los titulares sumada al plazo de la operación no podrá ser superior a 70 años.
(**)Tipo anual nominal mínimo a partir de la primera revisión: 3,25%. Con nómina domiciliada durante los últimos doce meses, en caso contrario los diferenciales sobre el Euribor se incrementarán en 0,25 puntos porcentuales. Último Euribor 1 año publicado por Banco de España en el BOE.
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