Principal característica: Permite aplazar el pago de hasta el 25% del capital al vencimiento, y el resto amortizarlo mediante cuotas mensuales.
Finalidad: adquisición, rehabilitación y construcción de vivienda habitual.
Importe máximo: Hasta el 80% del valor de tasación. En subrogaciones de otras entidades, el límite será el 100% del importe subrogado con el máximo del 80% del valor de tasación.
Plazo máximo: 30 años (*)
Tipo de interés: Variable: Revisable anualmente Euribor + 1,00 % (**)
Comisiones:
- Apertura: 1,00% (mínimo 300 euros)
- Amortización anticipada parcial: 0,50%
- Amortización anticipada total: 1,00%
- Modificación de Condiciones: 1,00% (mínimo 150 euros)
Forma de pago: Mensual. Cuota fija de capital e intereses.
Carencia: de hasta 2 años en el pago de capital, en el caso de autoconstrucción de vivienda propia.
(*) La edad del más joven de los titulares sumada al plazo de la operación no podrá ser superior a 70 años.
(**)Tipo anual nominal mínimo a partir de la primera revisión: 3,25%. Con nómina domiciliada durante los últimos doce meses, en caso contrario el tipo aplicable será del Euribor + 1,35%. Último Euribor 1 año publicado por Banco de España en el BOE.
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