Pagará siempre la misma cuota, sin preocuparse por las futuras subidas de tipo de interés y aprovechando las bajadas. Las variaciones de tipo de interés repercuten en el plazo y no en la cuota, por lo que en el caso de que disminuya el tipo de interés se reduce el plazo, mientras que si el tipo de interés sube aumentará el número de cuotas a pagar, no el importe de las mismas.
Las condiciones generales de este tipo de préstamo son:
- Plazo: Inicial hasta 25 años. Si se produjeran subidas en los tipos de interés que alargaran el plazo, éste no podrá superar los 40 años.
- Importe: hasta el 85% del valor de la vivienda.
- Se establece un tipo de interés para el primer año, y a partir de ese momento será variable con revisiones semestrales en función de la evolución de los índices oficiales (Euribor, Hipotecario Cajas o Bancos, CECA) más un diferencial.
- Cuotas mensuales
- Sistema de amortización: francés, cuotas constantes comprensivas de capital e intereses.
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